A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Respondent Correal Villarraga Jose Hernando
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado 48 Administrativo del Circuito de Bogotá y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá.
La causa de la controversia consiste en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, por lesividad, adelantado por Colpensiones, con el que pretende la nulidad de dos resoluciones proferidas por el Instituto de Seguros Sociales -ISS-, mediante las cuales se reconoció y reliquidó una pensión de vejez a favor de un ciudadano y solicita, en consecuencia, se ordene al FONCEP y al ciudadano, que reintegren la suma que corresponde a cada cual, conforme los valores y conceptos referidos en escrito de demanda.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera pertinente resolver en reiteración de la regla de decisión de los Autos 316 de 2021 y 840 de 2021, según la cual, cuando la administración demanda un acto de su propia autoría y/o contra un acto de una entidad liquidada en la que subrogó su competencia, a través del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, el estudio del asunto será competencia de la jurisdicción contencioso administrativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011.
En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 48 Administrativo del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 48 Administrativo del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por Colpensiones, en contra de las Resoluciones Nos. 4106 del 22 de febrero de 2005 y 11554 del 29 de marzo de 2007 proferidas por el Instituto de Seguros Sociales, por medio de las cuales se reconoció y reliquidó, respectivamente, una pensión de vejez a favor de José Hernando Correal Villarraga.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-5753 al Juzgado 48 Administrativo del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y a los interesados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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